La disposición sobre órdenes de cambio en un contrato es una de las partes más importantes, ya que permite a las partes aumentar o reducir el alcance del trabajo. Cada contrato tiene sus propios términos en cuanto a lo que se requiere para que una orden de cambio se complete correctamente, quién puede firmar, qué se incluirá en la orden de cambio y cuándo se paga. Otra disposición que se añade a la sección de órdenes de cambio del contrato es la directiva de órdenes de cambio.
¿Cómo afecta una orden de cambio a los subcontratistas?
Una orden de cambio significa que el subcontratista y el contratista general están de acuerdo en que el trabajo a realizar es extra y está fuera del alcance original del trabajo, en el dado caso que no pueden ponerse de acuerdo sobre el precio del trabajo, se le pude ordenar al subcontratista que realice el trabajo extra y que la resolución sobre el precio se producirá más adelante. En la mayoría de los casos, la «fecha posterior» es después de que el trabajo se haya completado y las partes medien en el asunto. Esto causa problemas obvios al subcontratista, que tiene que hacer el trabajo sin cobrar.
¿Debe negociar una orden de cambio?
Si en su subcontrato aparece una cláusula de modificación de contrato, le recomiendamos encarecidamente que la negocie. Según nuestra experiencia, la mejor manera de manejar la cláusula de orden de cambio es proporcionar una fórmula para determinar el coste del trabajo adicional. Por ejemplo, puedes decir que la fórmula para determinar el coste del trabajo adicional es tiempo y materiales, más un 15%. De esta manera, cuando se le pida que realice un trabajo adicional, ya sabrá cuánto costará y no habrá necesidad de una directiva de orden de cambio.
¿Cómo le podemos ayudar en Defensor de los Contratistas?
Constantemente se añaden novedades a los formularios estándar de subcontratación, por lo que es importante que revise sus contratos antes de firmarlos. Nosotros, en Defensor de los Contratistas, podemos hacer revisiones de contratos con un plazo de entrega de 5 días laborables. Le diremos dónde están los riesgos, y usted puede determinar qué disposiciones le gustaría negociar, y le daremos el lenguaje sugerido.